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 Normativa >> Ley 9028 >> Fecha 22/03/2012 >> Articulo 20
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Normativa - Ley 9028 - Articulo 20
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Artículo 20
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CAPÍTULO VIII

EDUCACIÓN, PREVENCIÓN Y COOPERACIÓN 

ARTÍCULO 20.- Inclusión en planes educativos

Créase el Programa Nacional de Educación para la Prevención e Información sobre el Consumo del Tabaco y sus Derivados, a cargo del Ministerio de Salud y se declara de interés público.

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