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 Normativa >> Reglamento municipal 02 >> Fecha 09/01/2012 >> Articulo 30
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Normativa - Reglamento municipal 02 - Articulo 30
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Artículo 30    (No vigente*)
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Artículo 30.—Comunicación del Acuerdo o Resolución de Adjudicación. La Proveeduría Municipal será la encargada de comunicar a los oferentes los acuerdos o resoluciones de adjudicación dentro de los plazos y parámetros previstos en el RLCA.


 

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