CAPÍTULO III
Funciones del
Departamento de Proveeduría
Artículo 6º—Definición Funcional del Departamento
de Proveeduría Municipal. La Proveeduría será el órgano competente para
conducir los procedimientos de contratación administrativa, y fungirá como
órgano técnico institucional en esa materia, así como para realizar los
procesos de control, almacenamiento y distribución o tráfico de bienes, por
medio de la Sección
de Almacén, quien llevará un inventario estricto y actualizado de los bienes
bajo su custodia. Deberá aplicar los procedimientos correspondientes según lo
defina el manual de Procedimientos Financieros-Contables y Administrativos de la Municipalidad.
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