Artículo 7º—Las bases de convocatoria del respectivo concurso, los
criterios técnicos de evaluación, las guías de presentación de solicitudes y
los formularios, serán publicados en el sitio web del MICITT, CONICIT y MEIC.
Las modificaciones que se realicen a la documentación supra citada
serán identificadas con un número de consecutivo creado para tales efectos por
MICITT, deberán indicar la fecha de su emisión y ser publicadas en los sitios
web supra indicados junto con la versión original.
(Así reformado por
el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 42621 del 1° de setiembre del 2020)
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