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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37168 >> Fecha 08/05/2012 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37168 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23º—El control, el seguimiento y medición de impacto de los proyectos será realizado por el CONICIT, mediante visitas o evaluaciones de los informes periódicos que realice al beneficiario durante la ejecución de los proyectos.


 

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