Artículo 34.- El hogar de larga
estancia para personas adultas mayores debe contar con el equipo necesario para
el control de incendios, activo, que incluye extintores, uno ABC de 9.5
Kg. (triclase) por cada 250m2, y pasivo que incluya un
dispositivo de alarma audiovisual y automático, para el aviso de evacuación por
incendio o evento natural, y de ser posible debe contar con hidrante o cuerpo
de agua exterior a no más de 200m. El personal debe conocer el uso y manejo de
los equipos.
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