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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37185 >> Fecha 26/06/2012 >> Articulo 40
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37185 - Articulo 40
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Artículo 40
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Artículo 40.-

Para los efectos de este reglamento, el responsable legal de cualquier establecimiento o local comercial dedicado a la venta de productos de tabaco, será responsable por las acciones o las omisiones de su personal y de los contratistas. Dicha responsabilidad no se excluye de la que pueda recaer directamente sobre quien realizó u omitió la acción que dio lugar a la infracción.

 


 

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