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 Normativa >> Ley 3667 >> Fecha 12/03/1966 >> Articulo 37
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Normativa - Ley 3667 - Articulo 37
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Artículo 37    (No vigente*)
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37

Artículo 37.- 1. El plazo para interponer el juicio será de dos meses,

que se contará:

a) Cuando el acto impugnado deba notificarse personalmente, desde el

díasiguiente al de la notificación; y

b) En el caso de que no proceda la notificación personal, desde el día

siguiente al de la publicación oficial del acto o de la

disposición.

NOTA: el artículo 1º de la ley No. 4191 del 17 de setiembre de 1968

interpretó auténticamente los incisos a) y b) de este artículo, en el

sentido de que:

"a) La publicación procederá cuando se trate de comunicar reglamentos;

b) Es notificación personal, la que deberá hacerse cuando se trate de

comunicar un acto, y se hará directamente, cuando el interesado ha señalado

domicilio para notificaciones, o cuando haya indicado dirección postal,

caso éste en que podrá hacerse por telegrama o carta certificada.

Cuando el Interesado no haya hecho el señalamiento o se ignore el

domicilio por haberse cambiado sin indicar el actual, el acto podrá ser

comunicado por publicación en el Diario Oficial".

2. En los supuestos de actos presuntos por silencio administrativo,

el plazo será de un año desde el día siguiente a aquél en que se entienda

desestimada la petición, salvo si con posterioridad -dentro de dicho plazo

de un año- recayere acuerdo expreso, en cuyo caso será el indicado en el

párrafo anterior.

3. El plazo para que la Administración utilice el proceso de

lesividad, será también de dos meses a partir del día siguiente a aquél en

que lo impugnado se declare lesivo a los intereses públicos.

4. Cuando un acto pueda ser comunicado por notificación o

publicación,según esta ley, se comunicará por notificación, a no ser que

ellofuere imposible por desconocerse el domicilio del interesado, o no

haberéste señalado uno en el expediente, o no haber indicado el cambio de

domicilio,en cuyo caso el acto se comunicará por publicación.

( Así adicionado por el artículo 2º de la ley No. 4191 del 17 de

setiembre de 1968 ).

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