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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37355 >> Fecha 13/09/2012 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37355 - Articulo 28
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Artículo 28
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Artículo 28.— Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los 13 días del mes de setiembre del 2012.

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