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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 21/11/2012 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 9
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Artículo 9
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De las licencias permanentes

Artículo 9º—Solicitud. Quien desee obtener una licencia deberá presentar la solicitud respectiva, ya sea directamente por el solicitante o por su representante con poder suficiente. En ausencia del solicitante al momento de presentar la solicitud, requerirá la autenticación de la firma por un notario público.

La solicitud deberá contener al menos la siguiente información:

a) Nombre o razón social del solicitante y el número de identificación registrado en el territorio nacional.

b) Nombre del representante legal (en caso de personas jurídicas)

c) Dirección exacta, número telefónico fijo y celular, y número de fax de la residencia del solicitante o su representante legal, y correo electrónico.

d) Indicación expresa de la actividad que desea desarrollar, la clase de licencia que solicita y tipo de local (local comercial, oficina, bodega, industria, etc.)

e) Nombre comercial con el que operará la actividad (negocio), dirección exacta, número telefónico, número de fax de y correo electrónico.

f)  Cantidad de empleados

g) Nombre o razón social y número de identificación registrado en el territorio nacional, del propietario inmueble donde se desarrollará la actividad.

h) Nombre del representante legal (en caso de personas jurídicas)

i) Inscripción de la propiedad en Registro Nacional y dirección exacta (distrito, calle, avenida, otras señas)

j) Número telefónico fijo y celular, número de fax, y correo electrónico del propietario del inmueble.

k) Lugar y medio para recibir notificaciones

l) Declaración rendida bajo la fe y gravedad del juramento, en la que manifieste conocer las prohibiciones establecidas en el artículo 9 de la Ley, y que se compromete a respetar todas las disposiciones de la Ley.

Para el cumplimiento de este artículo la Municipalidad pondrá a disposición del solicitante un formulario prediseñado, en el cual se consignará la información requerida.


 

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