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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 21/11/2012 >> Articulo 10
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Requisitos. Las solicitudes de licencia deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Las personas físicas deberán ser mayores de edad, con plena capacidad cognoscitiva y volitiva, lo cual deberán demostrar mediante declaración jurada ante notario público, así como presentar el original y aportar fotocopia de su identificación.

b) Las personas jurídicas deberán acreditar su existencia, vigencia, representación legal y la composición de su capital accionario mediante certificación del Registro Nacional de la Propiedad. Se prescindirá de este requisito cuando conste una certificación física en los atestados municipales emitida en los últimos tres meses a la fecha de la presentación de la solicitud de licencia o una certificación digital con fecha de expedición no mayor a quince días.

c) Demostrar ser el propietario, poseedor, usufructuario o titular de un contrato de arrendamiento o de comodato de un local comercial apto para la actividad que va a desempeñar, o bien, contar con lote y planos constructivos aprobados por la municipalidad para establecimiento donde se usará la licencia y contar con el pago correspondiente del permiso de construcción, salvo que tales documentos consten en el expediente de la patente comercial del establecimiento con una antigüedad no mayor a seis meses.

d) Acreditar, mediante permiso sanitario de funcionamiento, del cual deberá presentar el original y aportar fotocopia, que el local donde se expenderán las bebidas cumple las condiciones requeridas por el Ministerio de Salud.

e) En caso de las licencias clase C, demostrar fehacientemente que el local cuenta con cocina debidamente equipada, además de mesas, vajilla y cubertería, y que el menú de comidas cuenta con al menos diez opciones alimenticias disponibles para el público, durante todo el horario de apertura del negocio, sin perjuicio de la verificación que en su oportunidad deban realizar los inspectores municipales.

f) Estar al día en todas las obligaciones municipales, tanto en las materiales como formales, así como con la póliza de riesgos laborales y las obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y Asignaciones Familiares.

g) En los negocios que hayan recibido su licencia antes de estar construidos, esta entrará en vigencia al contar con el permiso sanitario de funcionamiento.

h) Para verificar el cumplimiento de los requisitos, los solicitantes deberán aportar los siguientes documentos:

1. En casos de solicitudes para licencia clase C, presentar documentación e información idónea a criterio de la Municipalidad, que demuestre el cumplimiento del artículo 8, inciso d), de la Ley.

2. En caso de solicitudes para licencia clase E, presentar original y aportar copia certificada de la declaratoria turística vigente.

3. Constancia de que se encuentra al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social, que cuenta con póliza de Riesgos del Trabajo al día, y de estar al día en sus obligaciones con Asignaciones Familiares. El solicitante estará exento de aportar los documentos aquí mencionados cuando la información esté disponible de forma remota por parte de la Municipalidad.

Es obligación del solicitante informar a la municipalidad cualquier modificación de las condiciones acreditadas mediante el formulario de solicitud y la documentación aportada como requisitos, previo al otorgamiento de la licencia; de lo contrario se recibirá como información falsa, con la consecuente responsabilidad para el solicitante.


 

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