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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37554 >> Fecha 30/10/2012 >> Articulo 43
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37554 - Articulo 43
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Artículo 43
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Artículo 43. Contrato para la transferencia de datos. El responsable de la transferencia de datos personales deberá establecer un contrato con el responsable receptor, en el que se prevean, al menos las mismas obligaciones a las que se encuentra sujeto el responsable de la transferencia de dichos datos.

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