Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37554 >> Fecha 30/10/2012 >> Articulo 76
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 76     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 37554 - Articulo 76
Ir al final de los resultados
Artículo 76
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 76. Acto final del procedimiento de cobro. Vencido el plazo otorgado para cancelar la deuda y sin que el pago se haya realizado en tiempo y forma, el Área Administrativa, previa aplicación del criterio de oportunidad, emitirá resolución trasladando al Área Jurídica de la Agencia, el expediente de cobro administrativo para que se proceda con el trámite del cobro judicial correspondiente.

Ir al inicio de los resultados