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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37554 >> Fecha 30/10/2012 >> Articulo 85
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37554 - Articulo 85
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Artículo 85
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Capítulo X

De la Agencia

Artículo 85. Régimen de empleo. La Agencia de Protección de Datos estará bajo el Régimen de Empleo Público y excluido del Régimen del Servicio Civil, estando facultada para la incorporación del personal administrativo, técnico y profesional que satisfaga las necesidades del servicio público.

Para hacerse acreedor de este Régimen bajo el principio de idoneidad demostrada, deberá realizarse un concurso público, para lo cual se deberá realizar y aprobar las pruebas que la Agencia determine necesarias.

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