Artículo 31° - Periodicidad de la entrega y actualización de
información en la plataforma SINIGIR. Las
municipalidades y concejos municipales de distrito deberán de actualizar antes del 30 de marzo
de cada año la información contenida en el Plan Municipal de Gestión
Integral de Residuos, junto con un reporte de avance del cumplimiento de dicho
Plan, basado en su Plan de Acción.
Los entes generadores del
sector privado deberán de actualizar antes del 30 de marzo de cada año la
información contenida en sus programas de gestión integral de residuos.
Los gestores autorizados,
deberán de actualizar antes del 30 de marzo de cada año la información
contenida en su Reporte de Operación de Gestor.
Las Unidades de Cumplimiento deberán de actualizar antes del 30 de marzo
de cada año, la información contenida en su informe anual de cumplimiento.
(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41526 del 4°
de diciembre de 2018)
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