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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37567 >> Fecha 02/11/2012 >> Articulo 33
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37567 - Articulo 33
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Artículo 33
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Artículo 33° - Acceso a la información

De conformidad con los principios de acceso a la información y deber de informar que establece la Ley No. 8839, el Ministerio de Salud elaborará el Informe Nacional sobre el estado de la Gestión Integral de Residuos, en el primer trimestre de cada año. Además debe garantizar que la información pertinente, sea accesible a la población en general, para lo cual llevará a cabo una estrategia de divulgación del informe, en coordinación con el MINAET y el INEC y convocarán a los diferentes sectores interesados, con el fin de rendir cuentas sobre el cumplimiento de la Ley No. 8839 y sus reglamentos.

 


 

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