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 Normativa >> Directriz 049 >> Fecha 04/03/2013 >> Articulo 2
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Normativa - Directriz 049 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Ámbito de aplicación. La presente directriz está dirigida a órganos, entes, instituciones y empresas del Sector Público central y descentralizado. Además, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 38 y en los incisos a) y c) del artículo 39 de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones quedan sometidas al ámbito de aplicación de esta Directriz, todas las dependencias e instituciones que forman parte del Sector de Telecomunicaciones, tanto de la Administración Pública central como descentralizada, incluyendo las instituciones autónomas, las semiautónomas, y las empresas públicas.


 

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