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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37735 >> Fecha 06/05/2013 >> Articulo 31
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37735 - Articulo 31
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Artículo 31
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Artículo 31.—Funciones del Subsistema de Planificación del Desarrollo. El Subsistema de Planificación del Desarrollo tendrá las siguientes funciones:

a)         Realizar estudios prospectivos sobre el desarrollo nacional.

b)         Efectuar análisis en áreas temáticas estratégicas de la realidad nacional.

c)         Fortalecer las capacidades públicas de planificación de mediano y largo plazo.

d)         Participar en el seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo.

e)         Formular políticas, planes, programas y proyectos que tiendan a resolver los principales problemas del país, con la participación de la sociedad.

f)          Elaborar lineamientos, metodologías y procedimientos de planificación, así como armonizar su aplicación entre los diferentes actores del Subsistema.

g)         Coordinar interinstitucionalmente el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo para el país.

h)         Analizar las evaluaciones de impacto de políticas, planes, programas y proyectos realizadas por las instituciones.

i)          Promover la redistribución de recursos en el sector público con el propósito de lograr la mejor satisfacción de las necesidades nacionales. 

j)          Cualquier otra que resulte comprendida dentro de su competencia.

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