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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37801 >> Fecha 17/05/2013 >> Articulo 12
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37801 - Articulo 12
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Artículo 12
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Artículo 12.—Comisión Ministerial de Enlace para la Educación Indígena. La Unidad de Coordinación del Subsistema de Educación Indígena se encargará de coordinar el desarrollo del Subsistema de Educación Indígena, para lo que contará, bajo su coordinación, con el apoyo operativo de la Comisión Ministerial de Enlace para la Educación Indígena, integrada por los departamentos, direcciones y otras instancias del MEP designadas por el Ministro.


 

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