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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37801 >> Fecha 17/05/2013 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37801 - Articulo 5
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Artículo 5    Tipo: Transitorio
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Transitorio V.—El Poder Ejecutivo reglamentará en un plazo no mayor de 6 meses a partir de la entrada en vigencia de este Decreto, el Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, Decreto Ejecutivo N° 31024-MEP, con el fin de que cumpla con lo establecido en el artículo 23 de este Decreto.


 

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