Artículo 50.- Responsabilidad del Tribunal Electoral
Será responsabilidad del Tribunal Electoral elaborar el reglamento
de elecciones internas del Colegio, el cual regulará todos los procesos de
elección que deban realizarse en él de conformidad con lo establecido en la
presente ley, además, reglamentará su funcionamiento interno. La Asamblea
General deberá aprobar esta reglamentación.”
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia
de la República, San José, a los nueve días del mes de julio del año dos mil
trece.
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