Artículo
4º—Visión. El SENASA será un servicio oficial que brinde confianza y
credibilidad, ofreciendo capacidad de organización y gestión, contando con
infraestructura administrativa con soporte legal; todo dentro del ámbito de su
competencia en medicamentos veterinarios, alimentos para animales, inocuidad de
alimentos de origen animal, cuarentena interna y externa, salud animal, salud
pública veterinaria, ensayos de laboratorio y salud reproductiva; con
independencia en el ejercicio de funciones y la existencia de programas y
campañas de prevención control y erradicación de enfermedades y plagas de los
animales.
|