Artículo 106.—Requisitos para el uso ocasional de explosivos. Toda
persona física o jurídica, cuando necesite utilizar explosivos industriales, no
siendo el giro normal de sus actividades, puede solicitar por escrito al
Departamento su debido permiso. Según corresponda, debe de indicar: nombre,
apellidos, calidades completas y dirección exacta del solicitante, persona
física o del representante legal de la persona jurídica. Nombre de la sociedad,
citas de inscripción en el Registro Público, número de cédula jurídica, número
telefónico y el domicilio exacto donde realiza sus actividades comerciales.
Explicación del tipo de trabajo a realizar, así como la dirección exacta donde
se realizarán los trabajos, distancia del lugar poblado más cercano, nombre
completo con sus calidades de la persona encargada de uso de los explosivos,
así como la experiencia en este tipo de trabajos. Cantidad y clase de
explosivos y sus aditamentos que utilizarán y nombre del proveedor de los
mismos. El Departamento podrá inspeccionar el lugar antes de otorgar el debido permiso.
|