Artículo
2º—Los estados financieros auditados por un contador público autorizado que sea
independiente a la empresa, estarán conformados por el balance de situación, el
estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de
flujo de efectivo, las notas explicativas sobre las políticas contables más
significativas y demás notas explicativas contenidas en el dictamen elaborado
por el profesional mencionado.
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