Artículo
27.—Atribuciones. Corresponde a la Unidad de Control Nacional de Radio:
a) Realizar los
estudios técnicos jurídicos relacionados con la aprobación o rechazo del
criterio técnico de la Superintendencia de Telecomunicaciones, sobre
adjudicación, prórroga, extinción, resolución, cesión, reasignación, adecuación
y rescate de frecuencias de radiodifusión sonora y televisiva.
b) Elaborar estudios
jurídicos, realizar los actos jurídicos preparatorios del caso, emitir las
recomendaciones y acuerdos o normas necesarias para los diversos trámites
relacionados con la asignación, revocación, reasignación, y demás
procedimientos posibles en materia de frecuencias de radiodifusión sonora y
televisiva.
c) Coordinar el
trabajo de los equipos técnicos interdisciplinarios que se establezcan en el
Viceministerio para el otorgamiento, revocación, cesión, reasignación y demás
aspectos legalmente establecidos en materia de radiodifusión sonora y
televisiva.
d) Elaborar los
proyectos de normas, reglamentos, acuerdos ejecutivos e instructivos y otros
documentos que se le soliciten presentar a aprobación de las autoridades
superiores en materia de radiodifusión sonora y televisiva.
e) Realizar estudios
de carácter jurídico de interés institucional y nacional en el área de las
radiocomunicaciones sonora y televisiva.
f) Realizar los
estudios de prospectiva jurídica en materia de radiocomunicaciones sonora y
televisiva, de manera que permitan formular propuestas de actualización de las
normas legales y reglamentarias que rigen al Sector.
g) Realizar los
procedimientos e informes jurídicos correspondientes, en atención a los
reportes que le sean remitidos sobre inconsistencias en el cumplimiento de las
obligaciones existentes para transmisiones de radiodifusión sonora y
televisiva.
h) Elaborar los
informes desde la perspectiva jurídica que permitan resolver sobre el uso
inadecuado de las frecuencias.
i) Realizar los informes
desde la perspectiva jurídica, relacionados con el cambio de ubicación
geográfica de los transmisores y repetidoras autorizadas al concesionario.
j)
Dar seguimiento mediante análisis jurídicos de los diversos proyectos de ley
existentes así como de los diversos acuerdos internacionales normativos en
materia de radiocomunicación sonora y televisiva que se pretenda asumir por
Costa Rica dentro del campo de las telecomunicaciones.
k)
Generar las propuestas para los eventos nacionales e internacionales
relacionados con radiocomunicaciones, de interés para las autoridades
superiores.
l) Vigilar junto con
el Departamento de Administración del Espectro Radioeléctrico, que toda
radioemisora funcione libre de espurias y armónicas y ajustada su frecuencia,
de tal manera que no interfiera a otras estaciones.
m) Apoyar a la
Dirección en sus funciones de representación internacional.
n) Ejecutar las demás
labores que le asignen las autoridades superiores.
o) Rendir cuentas
sobre los resultados de su gestión.
p) Cumplir con los
deberes que le corresponden en el sistema de control interno institucional.
q) Administrar en
forma efectiva los recursos financieros, materiales, humanos y tecnológicos que
le sean asignados en función de los objetivos estratégicos.
r) Cualquier otra que
la Ley o este Reglamento de Organización le señale.