Artículo
131.—Corresponde al Director del Centro Educativo, en coordinación con la
Junta, realizar la identificación de las necesidades, así como remitir
directamente a la DIEE las solicitudes para el diseño, formulación y
financiamiento de proyectos para el mejoramiento de la infraestructura del
centro educativo, haciendo uso de los formularios y formatos digitales
establecidos para tales efectos.
El
Director del Centro Educativo remitirá copia de la solicitud referida tanto al
Supervisor del Centro Educativo como al Departamento de Servicios
Administrativos y Financieros, con el propósito de informar sobre los servicios
que se encuentran en proceso de trámite, de manera que las autoridades
regionales puedan apoyar y dar seguimiento a la gestión ante la DIEE.
La
DIEE comunicará lo resuelto en cada caso al Director del Centro Educativo, a la
Junta y a las autoridades regionales.
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