Artículo
140.—De conformidad con el artículo 137 del Reglamento de la Ley de la
Contratación Administrativa, para la construcción y mantenimiento de la
infraestructura educativa, las Juntas podrán acudir al procedimiento de
contratación directa concursada, para lo cual contarán con la asesoría técnica
y legal de la DIEE. En este caso, las Juntas estarán obligadas a seguir los
lineamientos que defina la DIEE. La falta de su autorización para el inicio de
cada contratación particular generará la nulidad de todo el procedimiento.
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