Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38249 >> Fecha 10/02/2014 >> Articulo 183
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 183     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38249 - Articulo 183
Ir al final de los resultados
Artículo 183
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 183.—El Ministerio de Educación Pública, en coordinación con las Direcciones Regionales de Educación, implementará el Proyecto de Voluntariado dirigido a profesionales pensionados del sector educación, interesados en continuar contribuyendo al fortalecimiento de la educación pública, mediante su incorporación a las Juntas o al desarrollo de voluntariado en temas estratégicos de los centros educativos, vinculados a la promoción del arte, cultura, convivencia, deporte, recreación y apoyos curriculares.


 

Ir al inicio de los resultados