Artículo
183.—El Ministerio de Educación Pública, en coordinación con las Direcciones
Regionales de Educación, implementará el Proyecto de Voluntariado dirigido a
profesionales pensionados del sector educación, interesados en continuar
contribuyendo al fortalecimiento de la educación pública, mediante su
incorporación a las Juntas o al desarrollo de voluntariado en temas
estratégicos de los centros educativos, vinculados a la promoción del arte,
cultura, convivencia, deporte, recreación y apoyos curriculares.
|