Artículo
91.—Para promover una cultura de “cero papel” y facilitar la gestión que
realizan las Juntas, toda la documentación e informes que están disponibles en
medios digitales, podrán ser remitidos de esa manera, con la responsabilidad de
mantener un respaldo de dicha información. Ninguna dependencia del nivel
central o regional podrá exigir a las Juntas la impresión de la documentación,
una vez que ésta haya sido firmada digitalmente.
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