Artículo
98.—La Dirección de Gestión y Desarrollo Regional será el responsable de
canalizar a las Unidades Ejecutoras de Transferencias del MEP, según
corresponda, todas aquellas denuncias, consultas o solicitudes en materia de
Juntas que sobrepasen la competencia de las Direcciones Regionales de
Educación, brindando el seguimiento a la respuesta técnica correspondiente,
para garantizar que ésta se realice en tiempo y forma.
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