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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38272 >> Fecha 07/01/2014 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38272 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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Transitorio Único

Las Unidades de Cumplimiento tendrán un plazo de seis meses contado a partir de la publicación del presente reglamento para solicitar su registro ante el Ministerio de Salud.

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