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 Normativa >> Ley 9211 >> Fecha 04/03/2014 >> Articulo 4
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Normativa - Ley 9211 - Articulo 4
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Artículo 4
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ARTÍCULO 4.- Postulaciones

Cualquier persona, física o jurídica, podrá presentar ante la instancia administradora el o los nombres de las personas, los grupos o las organizaciones que consideren candidatos de premiación, incluyendo el nombre y la debida justificación.

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