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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38277 >> Fecha 07/03/2014 >> Articulo 146
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38277 - Articulo 146
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Artículo 146
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Artículo 146.- Revisión de la documentación del sujeto pasivo. Durante la comprobación, los sujetos pasivos deberán poner a disposición de los funcionarios de fiscalización, su contabilidad, libros, facturas, contratos, correspondencia, documentación y demás justificantes concernientes a su actividad económica, incluidos los programas y archivos en soportes magnéticos.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41330 del 6 de julio de 2018)

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