Artículo 193.- Efectos de la solicitud de un fraccionamiento de pago.
La interposición de una solicitud de fraccionamiento de pago surte los
siguientes efectos:
1) Interrumpe la prescripción de la deuda tributaria.
2) Suspende el cómputo de la sanción por morosidad en el pago de la
deuda tributaria, únicamente cuando es aprobada la solicitud de fraccionamiento
de pago.
3) No interrumpe la instrucción y aplicación de la sanción de cierre de
negocio establecida en el artículo 86 del Código, siempre que la infracción se
haya configurado con anterioridad a la interposición de la solicitud de
fraccionamiento de pago.
4) Suspende el cobro de la deuda tributaria a que se refiera, más no
será motivo para levantar los embargos decretados en vía administrativa hasta
que sea aprobada la facilidad de pago.
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