Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38277 >> Fecha 07/03/2014 >> Articulo 52
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 52     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38277 - Articulo 52
Ir al final de los resultados
Artículo 52
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 52.- Sello de confidencialidad en el intercambio internacional de información.

Le corresponde a la Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria, verificar que la solicitud y toda la información que se remita a otra jurisdicción bajo el amparo de un convenio internacional que contemple el intercambio de información en materia tributaria, lleve un sello en el cual se indique que esa información es confidencial y proporcionada bajo el amparo de un convenio internacional con otra jurisdicción, a fin de que su uso y manejo se ajuste a lo regulado en el convenio.

Ir al inicio de los resultados