Artículo
6°—Funcionamiento de la Comisión. La Comisión Intersectorial de Gobierno
Abierto se reunirá ordinariamente una vez al mes y en forma extraordinaria
cuando lo considere necesario por acuerdo de la mayoría simple de sus miembros.
El quórum se integrará con la presencia de la mayoría simple de sus miembros y
los acuerdos se tomarán por mayoría simple de los presentes en cada sesión. En
todo lo no previsto, la Comisión actuará en conformidad con las regulaciones
establecidas en Capítulo Tercero, Título Segundo del Libro Primero de la Ley
General de la Administración Pública.
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