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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38334 >> Fecha 10/03/2014 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38334 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22.—Participación de los vecinos. Los procesos de planificación que afecten a los vecinos de una municipalidad deben considerar mecanismos de difusión, participación y acceso a la información por parte de todos los munícipes, que asegure un conocimiento informado y transparente de la planificación urbana territorial en todas sus fases de ejecución.

 

Asimismo, los procesos de participación municipal deberán arrojar como resultado la identificación de un conjunto de proyectos de interés de sus vecinos como acciones prioritarias a considerar como insumos en la elaboración o modificación de los Planes Reguladores.

 

La Comisión de Plan Regulador será la instancia responsable de asegurar este proceso, siendo a su vez obligación de cada municipalidad velar porque existan y funcionen continua y efectivamente este tipo de comisiones, procurando la mayor y más efectiva participación ciudadana.

 

 


 

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