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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38334 >> Fecha 10/03/2014 >> Articulo 43
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38334 - Articulo 43
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Artículo 43
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Artículo 43.—Ubicación preferente de zonas de renovación. La creación de zonas de renovación urbana se dará con prioridad en los núcleos y cuadrantes urbanos que constituyan CDI, según definición propia del Plan Regulador.

 


 

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