TÍTULO CUARTO
REGISTRO Y DISPOSICIONES RELACIONADAS
CAPÍTULO I
REGISTRO
ARTÍCULO 41.- Registro
El Sistema de Garantías Mobiliarias es un sistema de archivo de gestión
de datos de acceso público a la información y de carácter nacional, que tiene
por objeto publicitar en formato electrónico los formularios de inscripción y documentos
relacionados con las garantías mobiliarias, su inscripción inicial, modificación,
prórroga, cancelación y ejecución para efectos contra terceros.
Los archivos electrónicos que contienen esta información y las certificaciones
que se extiendan sobre las inscripciones que en él consten, ya sean en papel o
por medios electrónicos, gozan del estatus de documentos públicos.
La administración del Sistema de Garantías Mobiliarias estará regulada
en el reglamento de este que al efecto se emita.
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