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 Normativa >> Ley 9246 >> Fecha 07/05/2014 >> Articulo 54
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Normativa - Ley 9246 - Articulo 54
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Artículo 54
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TÍTULO SEXTO

EJECUCIÓN

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 54.- Título ejecutorio

El acreedor garantizado que pretenda dar comienzo a una ejecución por incumplimiento del deudor garante efectuará la inscripción de un formulario de ejecución en el Sistema de Garantías Mobiliarias.


 

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