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 Normativa >> Ley 9246 >> Fecha 07/05/2014 >> Articulo 55
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Normativa - Ley 9246 - Articulo 55
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Artículo 55
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ARTÍCULO 55.- Formulario de ejecución

El formulario de ejecución deberá contener:

1) Indicación del asiento de inscripción del formulario de inscripción inicial de la garantía mobiliaria.

2) Identificación del deudor garante.

3) Identificación del acreedor garantizado que pretende realizar la ejecución.

4) Una breve descripción del incumplimiento por parte del deudor garante y la descripción de los bienes dados en garantía o la parte de los bienes dados en garantía sobre los cuales el acreedor garantizado pretende la ejecución, y una declaración del saldo adeudado y los gastos de la ejecución razonablemente cuantificados. En ejecuciones judiciales o extrajudiciales, a falta de acuerdo entre las partes, la base del remate o la venta de los bienes dados en garantía será la suma indicada en este formulario.


 

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