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 Normativa >> Ley 9246 >> Fecha 07/05/2014 >> Articulo 65
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Normativa - Ley 9246 - Articulo 65
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Artículo 65
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ARTÍCULO 65.- Ejercicio abusivo de los derechos del acreedor

En todo caso, quedará a salvo el derecho del deudor garante a ejercer las acciones derivadas por el abuso por parte del acreedor garantizado en el ejercicio de los derechos que le otorga esta ley.


 

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