Artículo 35.—Derogatorias. Se derogan: a) los incisos VII) y VIII) del
artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº7944-P de 26 de enero de 1978, b) el
Decreto Ejecutivo N° 34582-MP-PLAN de 4 de junio de 2008; y c) el Decreto
Ejecutivo N° 36024-MP-PLAN de 11 de mayo de 2010.
(Corrida su
numeración por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 38997 del 19 de mayo de
2015, que lo traspaso del artículo 31 al 35)
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