Artículo
4°— Se deroga el Decreto Ejecutivo N° 34147-S-MAG-TSS-MINAE, “Regula el
registro, la importación, el redestino, la fabricación, la formulación, el
reempaque, el almacenamiento, la venta, la mezcla, la comercialización y uso de
materia prima o producto formulado, de los productos que contengan el
plaguicida agrícola aldicarb”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº
01 del 2 de enero del 2008.
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