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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38677 >> Fecha 15/05/2014 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38677 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Rige a partir de su publicación en El Diario Oficial La Gaceta

Dado en la Presidencia de la República. —San José, a las 9 horas 05 minutos del día 15 de mayo del dos mil catorce.

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