Artículo
38.—Derogaciones. Se deja sin efecto las siguientes regulaciones:
a.
Resolución administrativa Nº 054-SINAC, de las quince horas del veintinueve de
noviembre de 1999.
b.
Directriz DM-528-2010-MINAET, del 20 de abril del dos mil diez y la Directriz
R-648-MINAE, del 05 de agosto de 1998.
c.
Resolución R-SINAC-028-2010 de las nueve horas del veintiocho de junio del dos
mil diez.
d. El
apartado 3 “FORMATO DEL CERTIFICADO DE ORIGEN” y EL Apartado 4, “FORMATO DEL
TRIÁNGULO, LAS GUÍAS Y LAS BANDERAS PARA EL TRANSPORTE DE LA MADERA”, de la
Resolución Administrativa 613-SINAC, de la 12 horas del día nueve de mayo de
mil novecientos noventa y siete.
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