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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38928 >> Fecha 14/11/2014 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38928 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11º—La Dirección de Área Rectora de Salud, emitirá la resolución respecto a la solicitud de permiso de ubicación, dentro de los 15 días naturales siguientes al recibo de la solicitud con la información completa. En casos justificados, el plazo podrá ser ampliado previa notificación al interesado, pero dicha prórroga no podrá exceder los 15 días naturales. Una vez otorgado el permiso tendrá una vigencia de 2 años, plazo que será computado a partir de la fecha de su emisión.


 

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