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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38928 >> Fecha 14/11/2014 >> Articulo 43
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38928 - Articulo 43
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Artículo 43
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Artículo 43º— En el caso de las obras de cierre de vertederos sin la inclusión de celdas nuevas, se debe contar con planos constructivos que deben tramitarse con lo dispuesto en el reglamento de visado de planos de construcción y que contengan la siguiente información:

a) Sistema de recolección, conducción y tratamiento (incluyendo reuso y recirculación en caso de utilizarse) de lixiviados, con sus detalles constructivos.

El sistema de tratamiento de lixiviado debe de cumplir con lo señalado en el Reglamento de aprobación y operación de sistemas de tratamiento de aguas residuales.

b) Sistema de recolección, conducción y disposición final de gases, con sus detalles constructivos.

c) Sistema de recolección periférica e interna, conducción y disposición de las aguas pluviales, con sus detalles constructivos.

d) Configuración y diseño final del vertedero.

e) Detalles de la cobertura final.

f) Levantamiento topográfico inicial y final.

g) Edificaciones temporales para albergar oficinas, bodegas, servicios sanitarios, casetas de vigilancia con todos sus detalles constructivos.

h) Vías de acceso, calles internas, cerca perimetral, con sus detalles constructivos.

i) Delimitación de retiros y servidumbres de cualquier tipo.

j) Ubicación y detalle constructivo de los pozos de monitoreo.

k) Sistema de distribución de agua potable y eléctrico.

Además de una memoria de diseño que contenga lo siguiente:

a) Estimación de la producción de gas y su tratamiento.

b) Estimación de la producción de lixiviados.

c) En el caso del sistema de tratamiento de lixiviados los requerimientos de la memoria de diseño están contemplados en el reglamento de aprobación y operación de sistemas de tratamiento de aguas residuales.

d) Estimación de la cantidad de material de cobertura necesaria.

e) Diseño de los taludes que garanticen la estabilidad del terreno contra deslizamiento.

Y un manual de operación y mantenimiento que contenga:

a) Descripción del equipo y herramientas necesarias para la adecuada operación.

b) Medidas de prevención y de control de olores.

c) Medidas de prevención y de control de aves y vectores.

d) Medidas de prevención y/o mitigación de emisión de material particulado.

e) Enumeración de los problemas operativos y de mantenimiento más comunes, acompañada cada una con la solución respectiva.

f) Descripción de las actividades para un óptimo mantenimiento de toda la infraestructura existente y de las áreas verdes.

g) Caracterización del perfil del personal necesario para llevar a cabo las diferentes actividades y procedimientos descritos en este manual.

h) En el caso del sistema de tratamiento de lixiviados los requerimientos de su manual de operación y mantenimiento están contemplados en el Reglamento de aprobación y operación de sistemas de tratamiento de aguas residuales.

Además deberá de cumplir con los requisitos técnicos estipulados en el artículo No 20 de este reglamento a excepción de los incisos a, b, c, k y m,


 

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