CAPITULO II
Trámites y requisitos para rellenos sanitarios mecanizados y manuales
Artículo 8°— Todo proyecto de relleno sanitario nuevo, deberá cumplir con los siguientes
trámites ante el Ministerio de Salud:
a) Permiso de ubicación.
b) Trámite y revisión de planos constructivos.
c) Permiso sanitario de funcionamiento.
En caso de ampliación del relleno sanitario más allá de la finca
aprobada en el permiso de ubicación, deberá tramitarse de nuevo el respectivo
permiso de ubicación y el trámite de revisión de planos.
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