Transitorio
II.—Dentro del plazo de dos meses a
partir de la vigencia del presente reglamento, deberá el área de Tecnologías de
Información y Comunicación, modificar la página WEB de INFOCOOP, con información
oportuna y actualizada que proyecte una imagen que se adecúe a la realidad
institucional y a las necesidades operativas y funcionales de INFOCOOP y del
movimiento cooperativo en general.
Rige a partir de su publicación.
Acuerdo firme.
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