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 Normativa >> Reglamento 4026 >> Fecha 02/06/2015 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento 4026 - Articulo 2
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Artículo 2    Tipo: Transitorio
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Transitorio II.—Dentro del plazo de dos meses a partir de la vigencia del presente reglamento, deberá el área de Tecnologías de Información y Comunicación, modificar la página WEB de INFOCOOP, con información oportuna y actualizada que proyecte una imagen que se adecúe a la realidad institucional y a las necesidades operativas y funcionales de INFOCOOP y del movimiento cooperativo en general.

Rige a partir de su publicación.

Acuerdo firme.

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